El día 1/07/1999 "El Observador" publicó una carta del Dr.
Ramón Díaz, quien así respondió a una carta mía publicada el día 23/06/1999 en el
mismo diario. Esta nueva carta constituye mi réplica. Mi primera carta abordó tres
temas. El Dr. Díaz dejó los dos primeros a juicio del lector y dedicó su respuesta al
tercero:
"Sobre un punto, sin embargo, creo que el error del corresponsal
es flagrante. Dice: ``La doctrina social de la Iglesia forma parte del depósito de la fe,
que procede de la Divina Revelación.´´ No creo que ningún pontífice haya pretendido
tal cosa para sus encíclicas, que llevaría su infalibilidad mucho más allá de como fue
definida en Vaticano I."
En el artículo denominado "La Iglesia y el capitalismo", que
comenté en mi primera carta, el Dr. Díaz parecía afirmar que la doctrina social de la
Iglesia era algo meramente humano. En su respuesta a mi crítica él no desmiente su apoyo
a esa tesis secularista y parece sugerir que existen sólo dos clases de afirmaciones
teológicas: los dogmas de fe y las opiniones privadas. Si esto fuera así y dado que las
llamadas "encíclicas sociales" no contienen definiciones dogmáticas, se las
podría considerar como meras opiniones privadas de los Papas respectivos. Pero ocurre que
entre los dogmas (a los cuales debe adherirse todo creyente) y las opiniones (que
pertenecen totalmente al campo de lo cuestionable) existe un amplio conjunto de
"calificaciones teológicas" posibles, que requieren diversos grados de
asentimiento de parte de los fieles católicos.
Intentaré una aproximación al tema de la calificación teológica de
la doctrina social cristiana:
- "La doctrina social de la Iglesia... ``pertenece... al campo de la teología y
especialmente de la teología moral´´. La dimensión teológica se hace necesaria para
interpretar y resolver los actuales problemas de la convivencia humana." (CA 55).
- "Para la Iglesia enseñar y difundir la doctrina social pertenece a su misión
evangelizadora y forma parte esencial del mensaje cristiano, ya que esta doctrina expone
sus consecuencias directas en la vida de la sociedad" (CA 5; cf. CA 54).
- Vale la pena destacar que el Catecismo de la Iglesia Católica, cuyo cometido es
"conservar el depósito de la fe" (FD 1) y dar a "conocer lo que cree la
Iglesia católica" (FD 4), incluye una breve descripción de la doctrina social
cristiana (cf. CIC 2419-2442).
- "La asistencia divina es también concedida a los sucesores de los Apóstoles,
cuando enseñando en comunión con el sucesor de Pedro..., aunque sin llegar a una
definición infalible... proponen, en el ejercicio del magisterio ordinario, una
enseñanza que conduce a una mejor inteligencia de la Revelación en materia de fe y
costumbres. A esta enseñanza ordinaria, los fieles deben ``adherirse... con espíritu de
obediencia religiosa´´ (LG 25) que, aunque distinto del asentimiento de la fe, es una
prolongación de él." (CIC 892; cf. CIC 2032-2040).
Por otra parte el Dr. Díaz, si bien dice que no se siente inclinado a
debatir acerca de si la doctrina social de la Iglesia es un desarrollo auténtico del
Evangelio, insiste en subrayar las diferencias entre las distintas encíclicas sociales. A
mí me parece que esas diferencias no son tan notables como él las pinta, por las
siguientes razones:
- La última de dichas encíclicas (la Centesimus Annus del Papa Juan Pablo II, del
año 1991) es un desarrollo explícito de la primera (la Rerum Novarum del Papa
León XIII, del año 1891). En el capítulo I de la Centesimus Annus, Juan Pablo II
hace una "relectura" de la Rerum Novarum y encuentra sus "rasgos
característicos"; y en el resto de la encíclica aplica los principios básicos de
la Rerum Novarum a los problemas sociales de hoy.
- Juan Pablo II, tanto como sus predecesores, ve a la doctrina social cristiana como un corpus
coherente, no como un conjunto de teorías puramente contingentes (cf. CA 5; 61).
- El contraste entre la dura crítica del Papa Pío XI a la economía individualista y las
expresiones positivas de Juan Pablo II sobre la libertad económica es más aparente que
real. En los textos citados por el Dr. Díaz ambos Papas se refieren a aspectos diferentes
de la misma cosa. En otros números de la Centesimus Annus Juan Pablo II, en su
propio estilo, critica al individualismo tan profundamente como Pío XI (cf. CA 19; 33-35;
39-42). Y las citas se podrían multiplicar desmesuradamente si tomáramos en cuenta el
resto de la copiosa producción magisterial del Papa actual.
Siglas empleadas:
CA Juan Pablo II, carta encíclica Centesimus
Annus.
CIC Catecismo de la Iglesia Católica.
FD Juan Pablo II, constitución apostólica Fidei
Depositum