La libertad de elección
y el aborto

Pascual Santos

Nos enfrentamos hoy a un nuevo intento de legalización del aborto en el Uruguay. El proyecto de ley denominado eufemísticamente “de Defensa de la Salud Reproductiva”, que está siendo estudiado actualmente por el Parlamento, establecería una completa libertad de abortar dentro de las primeras doce semanas de embarazo, prácticamente por la sola voluntad de la madre. Dejando de lado por esta vez otros aspectos importantes y nefastos de este proyecto de ley (como por ejemplo la absoluta desestimación del rol del padre y la profunda falta de respeto a la objeción de conciencia individual e institucional), nos concentraremos en el núcleo del asunto, refutando uno de los argumentos favoritos de los partidarios de la legalización del aborto.

1. Presentación del argumento basado en la libertad de elección.
Todo ser humano tiene derecho a disponer con absoluta libertad de su propio cuerpo.
El embrión y el feto hasta las doce semanas de embarazo son parte del cuerpo de la mujer embarazada.
La mujer embarazada tiene derecho a disponer con absoluta libertad del embrión y del feto hasta las doce semanas de embarazo.

2. Refutación del argumento basado en la libertad de elección.
Las dos premisas del silogismo anterior son falsas, por lo cual el razonamiento carece de validez.
El ser humano no siempre tiene derecho a disponer libremente de su propio cuerpo. Por ejemplo: Tiene derecho a hacerse extirpar el apéndice en caso de apendicitis, pero no tiene derecho a amputarse una oreja por puro capricho. La premisa mayor en cuestión procede de una ideología individualista radical, que aplica al propio cuerpo la falsa noción de un derecho absoluto a la propiedad privada, no sujeto a ninguna obligación moral interpersonal.

Es una verdad científicamente demostrada que el embrión (o el feto) no es nunca una parte del cuerpo de la mujer embarazada, sino que desde el mismo momento de su concepción es un ser humano distinto del padre y de la madre. El embrión no es un ser humano en potencia sino un ser humano en acto (embrionario en acto y adulto en potencia). Si alguien todavía dudase de esta evidente verdad biológica, le recomendamos que piense en la (inmoral pero real) fecundación in vitro: Si el embrión concebido naturalmente es parte del cuerpo de la madre, el embrión concebido in vitro, ¿de quién es parte? ¿De la probeta o del freezer? Y si el embrión (luego feto) es un ser humano, necesariamente es también una persona humana y tiene toda la dignidad y los derechos que le corresponden a cualquier persona humana.